Informe
sobre el Oleoducto de Crudos Pesados (OCP): Historia y Situación Actual
2
de diciembre de 2025
Introducción:
¿Qué es el OCP?
OCP, Oleoducto de Crudos
Pesados.
El
OCP es una infraestructura estratégica de transporte de hidrocarburos en
Ecuador. Es un ducto que recorre más de 485 kilómetros (o
aproximadamente 500 kilómetros), extendiéndose desde los campos petroleros en
la Cuenca Oriente de la Amazonía, en el Cantón Lago Agrio, provincia de
Sucumbíos, hasta el terminal marítimo de Balao, en la provincia costera de
Esmeraldas.
Su
propósito es movilizar el crudo de mayores densidades (petróleo pesado),
cuyo bombeo se dificultaba a través del oleoducto estatal ya existente, el Sistema
de Oleoducto Trans - ecuatoriano (SOTE).
En
la actualidad, el OCP tiene una capacidad total de 450.000 barriles diarios y
transporta alrededor de 200.000 barriles de petróleo por día, lo que
representa aproximadamente el 44% del crudo que extrae el país. También
transporta unos 10.000 barriles al día de petróleo colombiano.
Historia
y Operación (2001-2024)
Construcción
y Contrato Inicial
Hace más de 20 años se firmó
un contrato para la construcción y operación del Oleoducto de Crudos Pesados,
que le costó al país más de $1500 millones, que ya fueron devengados en los
primeros 15 años y el resto de años, la empresa OCP Ltd., (con domicilio en Islas Gran Caimán)
conformada por petroleras privadas que explotan también nuestro petróleo, no sólo
que ganó en la construcción porque el valor fue sobre preciado, pues el Cuerpo
de Ingenieros del Ejército, ofertó la misma construcción por 560 millones, con
mejor trazado y mayor capacidad de almacenamiento; sino que además ganó más de
1000 millones en los otros 5 años de operación.
El
OCP fue construido por un consorcio de empresas extranjeras entre los
años 2001 y 2003. El consorcio original incluía a Repsol, Occidental
(OPC/OEPC), Perenco, Petrobras, Enap y Andes Petroleum. La inversión total en
la construcción fue de más de $1.475 millones.
El
trazado de la ruta fue responsabilidad de OCP Ltd., empresa que, pese a las
advertencias de los colegios de ingenieros petroleros y geólogos de ese tiempo,
mantuvo la ruta por la que transitaba el SOTE. Los profesionales geólogos,
señalaban los riesgos geológicos y la posibilidad de una erosión regresiva en
el sector del rio Coca, que avanza río arriba desde la cascada de San Rafael.
La
compañía que operó el oleoducto fue Oleoducto de Crudos Pesados (OCP)
Ecuador S.A., una filial de OCP Ltd., registrada en las Islas Caimán. El
contrato de construcción y operación con el Estado ecuatoriano fue firmado el
15 de febrero de 2001.
El
contrato inicial de concesión se estableció por 20 años a partir del
inicio del Período de Operación, que comenzó en enero de 2004.
Fin
del Contrato y Reversión (2024)
OCP
Ltd. operó el ducto por más de 20 años. La empresa asegura haber transportado
más de 1.200 millones de barriles de crudo, generando ingresos para el Estado
por más de $72.000 millones.
El
contrato de concesión del OCP, que se cumplió en 2024, fue objeto de múltiples
prórrogas. La empresa OCP Ecuador, cuyo accionista actual es la argentina
Pampa Energía, intentó sin éxito negociar una ampliación del contrato con
el Estado.
En
octubre de 2024, el Ministerio de Energía y Minas notificó la decisión de cerrar
la mesa de negociación y ordenó continuar el proceso de transición para la
transferencia al Estado.
El
30 de noviembre de 2024, el contrato terminó oficialmente, y la
infraestructura fue revertida al Estado ecuatoriano. El contrato establecía que
la totalidad de las acciones de OCP Ecuador S.A. y los bienes transferibles
debían ser transferidos al Estado sin costo alguno y en buenas
condiciones de operación.
El
Estado asumió la administración a partir del 1 de diciembre de 2024 y creó una
nueva empresa estatal para la operación. La decisión de revertir el OCP se
justificó económicamente, ya que el Estado pagaba $2.14 por barril transportado
por el OCP, más del doble del costo del SOTE ($0.97 por barril), lo que
implicaba un gasto anual innecesario superior a $125 millones.
En
contra de lo que muchos podrían esperar de una reversión al Estado, no hubo
reemplazos masivos del personal por funcionarios de Petroecuador. El gobierno
ha decidido mantener intacto al equipo que ha operado el oleoducto durante
años.
El
viceministro de Hidrocarburos, Guillermo Ferreira, fue claro al afirmar que
todo el personal que labora actualmente en OCP se quedará para garantizar la
continuidad operativa sin interrupciones, el día 1 no va a haber ningún tipo de
cambio de personal.
En
la página Web de la Superintendencia de Compañías, aparece la nueva compañía:
Oleoducto de Crudos Pesados (OCP) S.A., con expediente 20246 y registrado como
presidente ejecutivo Jaime Ernesto Bucheli Albán, Ruc 1791765362001, el mismo
de la compañía que fue la operadora del oleoducto por más de 20 años.
Fuente:
OCP, Pampa Energía
Razones
de la Reversión
La
decisión del Ministerio de Energía y Minas de cerrar la mesa de negociación
para renovar el contrato y de revertir la infraestructura al Estado se
fundamentó en dos pilares, que alertó en su oportunidad las organizaciones
sociales, que han estado presentes en la defensa del OCP, que es parte del
patrimonio nacional y energético del país:
- Justificación Económica: El Estado pagaba USD
2,14 por barril transportado por el OCP, más del doble que el costo
del oleoducto estatal SOTE (USD 0,97 por barril). La reversión fue
vista como una medida para evitar un gasto innecesario superior a los $125
millones anuales.
- Exigencia Política y
Ciudadana:
La decisión fue respaldada por el contexto político que exigía un mayor
control estatal sobre los recursos estratégicos. Esta exigencia se
ratificó en la consulta popular del 21 de abril de 2024, donde el 65,16%
de los votantes se pronunció en contra de que el Estado resolviera
controversias contractuales mediante arbitraje internacional.
- Las organizaciones
sociales
jugaron un papel clave en exigir el cumplimiento del contrato y la
transferencia inmediata y transparente del OCP al Estado.
- Activismo por el Control
Estatal:
Grupos como el Frente de Defensa Petrolero Ecuatoriano y la Confederación
de Nacionalidades Indígenas de Ecuador (Conaie), la Asociación Nacional de
Trabajadores de la Energía y el Petróleo (ANTEP) exigieron la transferencia
inmediata al Estado de todas las acciones y bienes transferibles, sin
costo alguno y en buenas condiciones de operación, tal como lo establecía
el contrato.
- Alerta de Ilegalidades: Las organizaciones
denunciaron que el silencio del Gobierno (en agosto de 2024) sobre el
traspaso generaba preocupación de que se estuviera "fraguando una
delegación de la operación del oleoducto a favor de la empresa
privada", lo cual consideraban inconstitucional e ilegal.
- Exigencia de
Fiscalización:
Se demandó la intervención de la Contraloría General del Estado y
la Asamblea Nacional para auditar y fiscalizar el contrato, especialmente
frente a posibles incumplimientos contractuales y la existencia de
pasivos ambientales y laborales que debían ser legalmente atendidos.
La preocupación por la depredación ambiental y los derrames en la cuenca
amazónica ha sido una crítica histórica asociada a la construcción del
OCP.
La
Empresa que Asumió la Operación
Tras
el cierre de las negociaciones y la finalización del contrato, la
infraestructura del OCP fue revertida al Estado ecuatoriano.
- Mecanismo de Asunción: El Ministerio de
Energía y Minas, en el gobierno de Daniel Noboa, creó una nueva empresa
estatal para operar la infraestructura. La transferencia se llevó a
cabo el 1 de diciembre de 2024.
- Características de la
Operación Estatal:
La entidad que asumió la operación es la antigua compañía concesionaria, OCP
Ecuador S.A., cuyos 55 millones de acciones (el 100%) fueron
cedidas al Ministerio de Energía y Minas por OCP Ltd. (el Cedente). El
Estado se convirtió en el nuevo accionista mayoritario a través del
Ministerio de Energía y Minas.
- Esta empresa es una
Sociedad Anónima, que está registrada en la superintendencia de compañías,
como Oleoducto de Crudos Pesados (OCP) Ecuador S.A., cuyo expediente tiene
el número: 90246. El RUC es: 1791765362001, que es el mismo de la Empresa
privada que operaba el OCP, antes de la reversión.
- El señor Jaime Ernesto
Bucheli Albán es nombrado presidente Ejecutivo, por la junta de
accionistas de la compañía Oleoducto de Crudos Pesados (OCP) Ecuador S.A.,
el 17 de diciembre del 2024, según los estatutos sociales, cuya última
reforma es del 12 de diciembre del 2002.
- Gestión de Transición: El proceso de
transición, descrito por el viceministro de Hidrocarburos Guilhermo
Ferreira Oliveira, fue calificado como "ordenado y
transparente" y fue liderado por el Ministerio de Energía y Minas
por un período de seis meses.
- Objetivos del Estado
Operador:
La gestión estatal se centró en "fortalecer la soberanía
energética y garantizar la continuidad de una operación eficiente, un
servicio público de transporte de hidrocarburos sin costo adicional".
El viceministro fue delegado para ejercer todas las actuaciones legales,
administrativas y financieras necesarias para garantizar la continuidad de
las operaciones del OCP.
- Exclusión de Pasivos: En el acuerdo de
transferencia de acciones, se estipuló que el Estado recibiría el 100% de
las acciones y bienes libres de gravámenes, con exclusión de
cualquier responsabilidad laboral, juicios o reclamos originados antes de
la fecha de transferencia, y obligaciones tributarias.
- La erosión regresiva del
río Coca:
Un factor crítico que condiciona el futuro del OCP es la necesidad urgente
de construir una variante de $130 millones para mitigar la erosión
regresiva del río Coca. Esta presión financiera podría llevar al Gobierno
a licitar de manera conjunta las operaciones del OCP y del Sistema de
Oleoducto Transecuatoriano (SOTE).
Demanda
OCP Ltd. en
el CIADI, al Estado Ecuatoriano (2025)
La
empresa OCP Ltd. (controlada por Pampa Energía), presentó una solicitud
de arbitraje internacional contra el Estado ecuatoriano ante el CIADI.
El
CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones)
es una institución del Banco Mundial.
La
demanda fue registrada el 2 de mayo de 2025 y actualmente se encuentra
en estado “pendiente”. El litigio está dirigido contra el Ministerio
de Energía y Minas y la Procuraduría General del Estado.
El
Motivo de la Disputa
El
conflicto se centra en el presunto incumplimiento contractual del Estado al no
liberar a OCP de garantías o pólizas de seguro por valor de USD 100 millones.
OCP Ltd. sostiene que estas pólizas estaban diseñadas para cubrir eventuales
daños medioambientales o problemas operativos, riesgos que, según la compañía,
no se materializaron.
Abogados
externos han señalado que el monto de la acción legal podría ascender a
millones de dólares, y existen preocupaciones en Ecuador sobre que la demanda
intente eludir pasivos laborales y ambientales pendientes.
Contexto
Legal del Arbitraje
La
presentación de esta demanda por parte de OCP Ltd. reabre el debate sobre la
soberanía del Estado. Es crucial notar que la demanda se presentó a pesar de que,
en la consulta popular de abril de 2024, el 65.16% de los votantes se
pronunció en contra de que el Estado resolviera controversias contractuales
mediante arbitraje internacional.
La
empresa OCP Ltd. pudo acudir al CIADI porque el contrato original (firmado
en 2001) se celebró cuando Ecuador aún aceptaba el arbitraje internacional
y tenía tratados bilaterales de inversión vigentes. La Constitución de 2008
prohibió estos mecanismos, pero la decisión popular de 2024 no tiene efecto
retroactivo sobre acuerdos firmados antes de la Constitución vigente.
El
caso del OCP se suma a una lista de demandas donde empresas multinacionales han
recurrido al arbitraje internacional, lo que genera críticas sobre si estos
tribunales pueden tener la legitimidad suficiente para desafiar actos estatales
sobre temas sensibles, como los recursos estratégicos.
Estado
ecuatoriano, liberó garantías, el 3 de noviembre 2025
De acuerdo a información
pública que aparece en la página Web de la empresa argentina, Pampa Energía,
propietaria del 100% de acciones de la empresa Oleoducto de Crudos Pesados
Ltd., el gobierno ecuatoriano de Daniel Noboa aprovechando que nos mantenía distraídos
en la consulta mañosa y fallida, ha devuelto las garantías por 84 millones a
OCP Ltd., FUENTE: https://ri.pampa.com/informacion-financiera/informes-de-resultados-trimestrales/ Resultados del 3T25 11/04/2025; sin haber
solucionado los pasivos ambientales, laborales y operativos con el riesgo de
que esta responsabilidad se traslade al Estado o que nunca se atiendan.
Esta
estrategia legal, seguramente permitirá el archivo de la reclamación
interpuesta en el CIADI y facilitará la entrega a la empresa argentina, Pampa
Energía, de la operación y mantenimiento del oleoducto.
En
esta operación realizada por el gobierno del presidente Noboa, nuevamente se
muestra el carácter poco transparente para informar al país, sobre un tema que
es de interés nacional.
Licitación
para contrato de Operación y Mantenimiento del Oleoducto de Crudos Pesados
(OCP)
Mediante
una comunicación que aparece en la página web de OCP https://www.ocpecuador.com/prensa/invitacion-a-presentar-expresiones-de-interes-contrato-de-operacion-y-mantenimiento-para-ocp-ecuador/ se invita a presentar
expresiones de interés para un contrato de Operación y
Mantenimiento del Oleoducto de Crudos Pesados (OCP) en Ecuador, en
este documento se expresa: “ La entidad OCP Ecuador S.A. busca optimizar y
mantener su infraestructura petrolera, invitando a empresas elegibles a
detallar su experiencia y servicios, incluyendo aspectos de supervisión,
mantenimiento y optimización de la infraestructura. Las empresas interesadas
deben suministrar una carta de expresión de interés y una
breve descripción de su compañía, y tienen como fecha límite para presentar sus
propuestas el 14 de abril de 2025 hasta las 17:00 horas de Ecuador. El objetivo
primordial de este proceso es garantizar la operación continua y segura del
oleoducto.
El presupuesto de 2025
proyecta ingresos de $4,700 millones por licitaciones petroleras, incluyendo
$750 millones por la concesión del OCP. Expertos, como Jaime Carrera del
Observatorio de la Política Fiscal, califican estas proyecciones de
"irresponsables" y de "inventar ingresos", generando dudas
sobre su viabilidad.
Hipótesis de Licitación
Conjunta: La
urgencia y el alto costo de esta obra (construcción de una variante de $130
millones para mitigar la erosión regresiva del río Coca) han generado la
especulación de que el Gobierno podría optar por licitar de forma conjunta la
operación del OCP y del Sistema de Oleoducto Transecuatoriano (SOTE), buscando
un modelo de gestión más atractivo para los inversores internacionales
Hasta
la fecha de realización de este informe no existe información oficial de este
proceso.
Renovación del contrato de
concesión para la operación del OCP con la empresa argentina PAMPA ENERIA
Lo más grave es que se pretende firmar la renovación del contrato de concesión para la operación del OCP con la empresa argentina PAMPA ENERIA que actualmente compró el 100% de acciones de OCP Ltd., por 20 años más, a cambio de recibir 450 millones en este tiempo; es decir, a un promedio de 22.5 millones por año, cuando actualmente el OCP produce en tarifas alrededor de 150 millones al año, con lo cual al país le estarían entregando menos de la quinta parte del ingreso total.
De concretarse este atraco,
se perjudicaría al Ecuador con más de 1.500 millones en todo el tiempo de
concesión. Plata que serviría para educación, salud, seguridad, etc.
En el que entorno a este
negociado (pretendido nuevo atraco) están empresas, lobistas nacionales e
internacionales, incluso hay presiones del gobierno de Milei a través de
cancillería (hay que recordar quién está de embajadora de en Argentina)
cercanos al poder político actual, como por ejemplo: el mismo estudio jurídico
que representa a la empresa PAMPA energía en Ecuador, es el mismo que
representa a la empresa El Ordeño del grupo económico de la tía del presidente
y que compartía el mismo número de teléfono con AMODAIMI parte del consorcio al
que mañosamente le adjudicaron el campo Sacha, y que por la presión y denuncias
ciudadanas tuvieron que retroceder.
¿Qué
están haciendo las organizaciones sociales en defensa del OCP?
Las
organizaciones sociales y la ciudadanía ecuatoriana están desarrollando un
conjunto de acciones en defensa del Oleoducto de Crudos Pesados (OCP), bajo la
consigna "OCP Para Ecuador".
Estas
acciones se fundamentan en la Constitución y las leyes vigentes en el país, así
como en la organización y unidad de las organizaciones sociales y el pueblo
ecuatoriano.
Los
sectores sociales han defendido la soberanía del pueblo sobre su riqueza y los
recursos naturales renovables y no renovables que pertenecen a todos los
ecuatorianos. La derrota del Gobierno de Noboa en el Referéndum y Consulta
Popular del 16 de noviembre de 2025 ratificó este compromiso con la
Constitución, que exige la aplicación de los principios constitucionales
vigentes, destacando:
- Soberanía
Nacional: Establece que el Estado debe asumir la propiedad y gestión
directa de estos recursos, estratégicos para la economía y el desarrollo
nacional.
- Transparencia:
Es una obligación legal y ética crucial en la lucha contra la corrupción.
Además,
se recuerda que, de acuerdo con la ley, cualquier concesión solo puede
otorgarse mediante concurso público.
Con
estos antecedentes, se han iniciado diversas acciones que no se detendrán hasta
que el gobierno nacional mantenga el Oleoducto de Crudos Pesados bajo una
administración estatal.
Acciones
que se están desarrollando:
- Solicitudes
de información: Dirigidas al Ministerio de Ambiente y Energía, a EP Petroecuador
y a la Procuraduría General del Estado.
- Acciones
legales y políticas: Comparecencias en la Asamblea Nacional y sus
comisiones legislativas, junto con acciones judiciales y constitucionales
recomendadas por el equipo legal.
- Campaña de
información: Difusión permanente a través de medios tradicionales,
alternativos y redes sociales.
- Participación
ciudadana: Realización de asambleas ciudadanas y consultas permanentes a
diversos sectores (sociales, académicos, legislativos y ciudadanía en
general) para definir nuevas e innovadoras acciones.
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